La Cámara Alta respaldó por 29 votos a favor, 15 en contra y una abstención el informe de la Comisión Mixta. La iniciativa regula la actuación de las policías y de las Fuerzas Armadas en determinadas circunstancias, y quedó en condiciones de ser promulgada.
VALPARAÍSO, miércoles 7 de octubre de 2026.— El Congreso Nacional concluyó la tramitación del proyecto que establece las Reglas de Uso de la Fuerza (RUF), luego de que el Senado aprobara el informe de la Comisión Mixta encargado de resolver las diferencias entre ambas cámaras legislativas.
La votación terminó con 29 respaldos, 15 rechazos y una abstención, dejando la propuesta en condiciones de avanzar hacia su promulgación.
La iniciativa establece criterios y deberes para regular el uso de la fuerza por parte de funcionarios de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y de las Fuerzas Armadas cuando desempeñen funciones legalmente habilitadas para ello.
El texto contempla parámetros de legalidad, necesidad, responsabilidad y racionalidad, además de reglas relacionadas con la identificación del personal, las advertencias previas, la gradualidad, el registro de las actuaciones y el deber de prestar auxilio.
Entre sus disposiciones se establece una diferenciación entre técnicas de comunicación, mecanismos de control físico, medios menos letales y el eventual uso de armamento letal bajo determinadas circunstancias.
Su aprobación estuvo precedida por un debate sobre la protección de la vida, los derechos de las personas y las condiciones en que el Estado puede emplear la fuerza.
Durante la discusión, legisladores favorables a la propuesta defendieron la necesidad de entregar mayor certeza jurídica al personal uniformado.
Otros parlamentarios cuestionaron aspectos de la regulación, especialmente los criterios para utilizar fuerza potencialmente letal y la suficiencia de las garantías destinadas a proteger derechos fundamentales.
El Senado informó que, tras la aprobación de ambas cámaras, el proyecto quedó en condiciones de ser promulgado como ley.
El despacho legislativo no debe confundirse con la entrada en vigor de la norma, que depende de las etapas posteriores que establece el ordenamiento jurídico.
Fuentes: Senado de la República de Chile, 7 de octubre de 2026; antecedentes de la Comisión Mixta.
